Nuevas medidas para la dependencia y asistencia a domicilio: Incremento en las cuantías de ayuda y mayor flexibilidad para cuidadores no profesionales
El BOE de hoy ha publicado un decreto que representa un importante avance en el ámbito de la dependencia y el trabajo social. Entre las medidas incluidas, destacan el aumento de las cuantías de las ayudas a la dependencia y la ampliación de las horas de asistencia a domicilio. Estas acciones buscan revertir los recortes del año 2012 en este campo tan relevante.Incremento en las cuantías de las ayudas a la dependencia
Una de las mejoras más significativas de este decreto es el aumento en las prestaciones económicas destinadas a la dependencia. Por primera vez, se han establecido cuantías mínimas, además de incrementar los máximos. Cabe destacar que el sistema depende en gran medida de las comunidades autónomas, quienes deciden la importación final de la ayuda. A pesar de ello, el Estado ha establecido los límites máximos y cada región decidirá cómo aplicar reducciones para determinar la cantidad definitiva que recibirán las personas dependientes. Las nuevas cuantías entrarán en vigor a partir del 1 de agosto y se consolidarán como mínimos 100 euros al mes en grado I, 150 euros para grado II y 200 euros para grado III. Estas son las cantidades que, al menos, deben recibir, mientras que las sumas superiores surgirán de las políticas de cada comunidad autónoma.Aumento en las ayudas para servicios y cuidadores
El decreto también contempla un incremento en las ayudas destinadas a servicios tales como el pago de residencias o centros de día, así como para los cuidadores profesionales y no profesionales del entorno familiar. En el caso de las ayudas para servicios, se ha establecido un aumento en los montos máximos. Además, la normativa también prevé un aumento en dichos montos para ciertos tipos de servicios, como el pago de residencias, donde se fijará un máximo de 747,25 euros al mes, independientemente de si el beneficiario está en grado II o III. Asimismo, en el caso de los centros de día, se establecerá un monto mensual de 445,30 euros para los grados I y II, considerando que los costos son similares en ambas situaciones. Otra modificación relevante está relacionada con las ayudas destinadas a cuidadores no profesionales del entorno familiar. En este aspecto, se ha llevado a cabo un importante incremento, pasando de 153 a 180 euros en grado I, de 268,79 a 315,90 euros en grado II y de 387,64 a 455,50 euros en grado III.Facilidades para cuidadores no profesionales
Además del aumento en las cuantías, el decreto también contempla un cambio importante en las exigencias para aquellos que deseen acreditarse como cuidadores no profesionales y recibir esta ayuda. Anteriormente, se requería que eventos familiares de hasta tercer grado, excepto en casos muy excepcionales debidamente justificados. Asimismo, se exigía la acreditación de un año de cuidados antes de poder acceder a la ayuda. Sin embargo, con la nueva normativa, se ha eliminado este último requisito y se ha ampliado la posibilidad de que los cuidadores no profesionales sean familiares de hasta el cuarto grado de consanguinidad. Además, se ha flexibilizado la opción de que los cuidadores no sean familiares directos, aunque se pedirá que haya convivencia en los grados II y III.Tabla comparativa con las ayudas que se otorgaban dependencia antes del 1 de agosto y las que se darían a partir de esa fecha, las nuevas medidas establecidas en el decreto:
Grado de dependencia | Tipo de Ayuda | Antes del 1 de agosto | A partir del 1 de agosto |
---|---|---|---|
I | Cuantía mínima | No había una cantidad mínima establecida | 100 euros todo el mes |
Cuantía máxima para servicios | 300 euros todo el mes | 313,50 euros/mes | |
Cuantía máxima para cuidadores profesionales | 313,50 euros al mes | 313,50 euros/mes | |
Cuantía máxima para cuidadores no profesionales del entorno familiar | 153 euros todo el mes | 180 euros/mes | |
II | Cuantía mínima | No había una cantidad mínima establecida | 150 euros/mes |
Cuantía máxima para servicios | 426,12 euros al mes | 445,30 euros/mes | |
Cuantía máxima para cuidadores profesionales | 715,07 euros al mes | 747,25 euros/mes | |
Cuantía máxima para cuidadores no profesionales del entorno familiar | 268,79 euros al mes | 315,90 euros/mes | |
III | Cuantía mínima | No había una cantidad mínima establecida | 200 euros/mes |
Cuantía máxima para servicios | 715,07 euros al mes | 747,25 euros/mes | |
Cuantía máxima para cuidadores profesionales | 715,07 euros al mes | 747,25 euros/mes | |
Cuantía máxima para cuidadores no profesionales del entorno familiar | 387,64 euros al mes | 455,50 euros/mes |
- Boletín Oficial del Estado (BOE): Acceda a la fuente original del decreto mencionado en el artículo y otros documentos legales relacionados con la dependencia.
- Civio: Suscríbete al boletín informativo de Civio para recibir información relevante y actualizada sobre políticas sociales y dependencia.
- Asociación Estatal de Directores y Gerentes de Servicios Sociales: Obtenga perspectivas adicionales sobre las políticas sociales y su impacto en el ámbito de la dependencia.
- Estrategia Nacional de Autonomía Personal y Atención a la Dependencia (ENAPAD): Accede a la estrategia implementada por el Gobierno para el fomento de la autonomía y la atención
Etiquetado Ayudas EconómicasDependencia